Régimen jurídico de los balnearios
El régimen jurídico de los balnearios está articulado sobre su condición de concesionario de dominio público minero, su condición de establecimiento sanitario y, en su caso, de establecimiento hotelero
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El principio de intervención mínima en las actividades económicas es tradicional en el sistema español. No obstante, recibió un impulso con la transposición de la Directiva de servicios y hoy está recogido en el artículo 4 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público
Análisis del artículo 19 de la ley 39/2015, donde se regula la comparecencia ante la Administración
En el asunto del Sáhara Occidental, tal como está reconocido por la ONU, el titular del derecho a la autodeterminación y, en consecuencia, el que ha de decidir sobre su ejercicio es el pueblo saharaui, no Marruecos
Análisis del principio de la inderogabilidad singular de los reglamentos. Está, en la actualidad, recogido, en el artículo 37.1 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas