Hace pocas semanas se llegó a un acuerdo entre el PSOE y el PP para la designación de vocales del Consejo General del Poder Judicial. Un acuerdo que fue celebrado por la opinión publicada como manifestación de que se había llegado a un consenso y que se había aparcado la lucha partidista en un aspecto institucional. Los dos partidos firmantes tenían razones distintas para estar satisfechos: la renovación en el caso del PSOE y el que no se dejara al PSOE controlar el CGPJ para el PP.
El pacto era salomónico: 10 candidatos propuestos por cada partido. Ni vencedores ni vencidos. El incumplimiento constitucional de 5 años del PP se amnistiaba en aras de la lealtad institucional -como ocurre en estos casos- y el PSOE mantenía su perfil de partido constitucionalista de Estado, con el que este tipo de cuestiones se solucionan, como ha ocurrido en el pasado.
Ahora llegaba el siguiente problema: había que elegir al Presidente, el voto 21° que eliminaría las situaciones de empate; que pueden ser numerosas en los casos importantes. Resultado: después de varias votaciones, el resultado siempre es el mismo: 10 votos para la candidatura de cada uno de los bloques. Dicho de otro modo, de nuevo tenemos al CGPJ bloqueado. No hacia falta mucho análisis para ver que esta situación podía pasar.
Sobre todo, cuando se analiza la trayectoria de los presidentes del CGPJ y el interés que ha manifestado el PP en controlar los nombramientos judiciales. Sintetizando, todos hombres y conservadores, salvo Pascual Sala.
De esta historia, que se puede ver más desarrollada en los medios de comunicación, podemos extraer cuatro consecuencias:
- No basta con pactar. El pacto tiene que incluir los elementos suficientes para que sean eficaces. Cuando no los tienen, y este es un caso, nos encontramos ante una patada hacia delante que no acaba de resolver el problema. Y, por otra parte, cuando se hacen estos pactos, hay que ser especialmente cuidadoso a la hora de la elección de los propuestos, para que haya perfiles personales que cubran todas las situaciones.
- La Constitución se hizo naïf, pensando que siempre se podría llegar a consensos. Cuando no es así, cuando llevábamos cinco años de bloqueo institucionalizado e interesado por parte de un partido político; hay que adoptar medidas que garanticen el funcionamiento institucional. Lo otro es una inactividad constitucional que acaba haciendo que no se cumpla la Constitución. Sí, estoy defendiendo que se hubiera modificado la Ley Orgánica del Poder Judicial para introducir un mecanismo alternativo de elección de vocales en los casos en los que no haya acuerdos. Una regla, por otra parte, que es perfectamente válida para todos los órganos constitucionales en los que hay mayorías reforzadas y que debería encontrar su efectividad en casos extraordinarios.
- Las mayorías reforzadas son una anormalidad constitucional que dificultan, además, la propia efectividad de la Constitución. Por tanto, no deben crearse en aquellas circunstancias en las que no están previstas constitucionalmente. La próxima elección del Gobernador del Banco de España corresponde al Presidente del Gobierno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España: “El Gobernador del Banco de España será nombrado por el Rey, a propuesta del Presidente del Gobierno, entre quienes sean españoles y tengan reconocida competencia en asuntos monetarios o bancarios”. Y si se examinan los perfiles en otros países e instituciones se verá que la designación de un funcionario del Banco, hoy ministro con el PSOE y antiguo director de AIREF con el PP, Jose Luis Escribá no es precisamente disparatada, sino todo lo contrario. En el Banco e España se hace política y, por consiguiente, tiene que haber alguien con perfil político, reconocidos conocimientos técnicos en asuntos monetarios o bancarios y talante para dirigir la institución.
- La historia está para recordarla, especialmente cuando el oponente ha hecho un uso extremo de su poder. Las vicisitudes del nombramiento del anterior Gobernador del Banco de España y el bloqueo a la renovación del CGPJ nos tienen hacer ver que, ejercido con lealtad institucional, hay que ejercer el poder que que se tenga atribuido en cada caso. Y desde luego la legitimidad de ciertas críticas desaparece en cuanto se recuerda el pasado.
Las instituciones constituyen la cara de la política en sentido amplio. Cuando no se cumplen las expectativas de la opinión pública, empieza a aparecer la desafección, hoy creciente, según dicen. Por ello, es necesario que la educación en valores constitucionales empiece en quienes han de ejercer los poderes.
En ello se incluye a quienes son titulares de las vocalías en el Consejo General del Poder Judicial, que tienen el deber constitucional de encontrar una presidencia huyendo de los bloques que tienen tan asentados ahora. No creo, frente a lo que se está señalando, que el problema sea de género sino de control del Consejo por uno de los bloques. Por ello, el recordatorio de la cuestión de género es más excusa que otra cosa. De hecho, si hubiera dos candidatas, no creo que el bloqueo cambiara sustancialmente. En todo caso, hay que recordar que en muchas ocasiones, lo mejor es enemigo de lo bueno.