Régimen jurídico de los balnearios

Régimen jurídico de los balnearios

I. Régimen jurídico de los balnearios: concepto Los balnearios se pueden definir como “aquellos establecimientos sanitarios destinados al uso de las aguas minero-medicinales y/o termales con fines terapéuticos” –art. 2 del Decreto de la Región de Murcia 55/1997, por...