Colaboración público-privada: más allá de la nueva Ley de Contratos del Sector Público
Autor
- Julio V. González García
Resumen
Este trabajo examina las fórmulas de colaboración público-privada que subsisten fuera del ámbito de la legislación de contratos del sector público, tras la derogación del contrato típico de colaboración entre el sector público y el sector privado por la Ley 9/2017. Se sostiene que la legislación patrimonial ofrece desde las reformas iniciadas en 1996 una vía más flexible y menos formalista, fundada en el principio de libertad de pactos del artículo 111 de la Ley 33/2003, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, que permite concertar negocios complejos con prestaciones accesorias tramitados en expediente único. El estudio analiza el papel de la estabilidad presupuestaria como impulso real de estas figuras y la consiguiente huida de la consolidación en el déficit; el alcance limitado de la exclusión de los contratos patrimoniales prevista en el artículo 9.2 de la Ley de Contratos del Sector Público y su aplicación supletoria; el régimen jurídico de la gestión patrimonial y sus límites; los procedimientos de adjudicación aplicables, con defensa del concurso; el régimen de arrendamiento, enajenación y adquisición de bienes, con particular atención a la venta con reserva del uso temporal; las fórmulas de propiedad dividida; y el modelo del arrendamiento operativo, que se identifica como el instrumento prevalente pese a carecer de regulación expresa. El trabajo concluye advirtiendo de los riesgos de transparencia e inseguridad jurídica que acompañan a esta flexibilidad, y del efecto de la interpretación restrictiva de Eurostat sobre la desconsolidación presupuestaria.
Abstract
This article examines the forms of public-private partnership that survive outside the scope of public procurement legislation following the repeal of the typified public-private partnership contract by Spanish Act 9/2017. It argues that public property legislation has offered, since the reforms initiated in 1996, a more flexible and less formalistic route, grounded in the freedom of contract principle laid down in Article 111 of Act 33/2003 on the Property of Public Administrations, which allows complex transactions with ancillary obligations to be arranged within a single procedure. The study analyses the role of budgetary stability as the real driver of these arrangements and the resulting flight from deficit consolidation; the limited scope of the exclusion of property contracts under Article 9.2 of the Public Sector Contracts Act and its subsidiary application; the legal regime governing public property management and its limits; the applicable award procedures, with a defence of competitive tendering over auction; the rules on leasing, disposal and acquisition of assets, with particular attention to sales with reservation of temporary use; divided-ownership arrangements; and the operating lease model, identified as the prevailing instrument despite the absence of express regulation. The article closes by warning of the transparency and legal certainty risks that accompany this flexibility, and of the effect of Eurostat's restrictive reading on budgetary deconsolidation.
Palabras clavecolaboración público-privadacontratos patrimonialesLey 33/2003de Patrimonio de las Administraciones Públicaslibertad de pactos · arrendamiento operativo · propiedad divididacenso enfitéuticoventa con reserva de usoestabilidad presupuestariadesconsolidaciónLCSP 9/2017
Keywordspublic-private partnershippublic property lawfreedom of contractoperating leasedivided ownershipdeficit deconsolidationEurostatSpanish Public Sector Contracts Act
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Sumario
I. Planteamiento general. II. La estabilidad presupuestaria como contexto y pretexto (antiguo). III. Flexibilidad contractual y legislación de patrimonio de las administraciones públicas. IV. Exclusión limitada en la aplicación de la normativa de contratos del sector público. V. Consideraciones generales sobre el régimen jurídico de la gestión patrimonial pública. VI. Procedimientos de adjudicación de contratos patrimoniales. VII. Arrendamiento, enajenación y adquisición de bienes. VIII. Fórmulas de propiedad dividida. IX. El modelo del arrendamiento operativo.
Referencias
Aunque el título de este trabajo haya envejecido; el diagnóstico de fondo, en cambio, no ha cambiado. La derogación del contrato típico de colaboración público-privada no cerró la colaboración, sino que la desplazó a la vía patrimonial, que es donde sigue estando, y el arrendamiento operativo continúa siendo el instrumento prevalente sin haber recibido todavía una regulación propia. Lo que sí se ha estrechado es la ventaja que justificaba muchas de estas operaciones, porque la lectura de Eurostat sobre la desconsolidación no ha dejado de volverse más exigente. El asunto ha ganado importancia práctica con la llegada de los fondos europeos y la multiplicación de proyectos de infraestructura con participación privada, y quien quiera el detalle de qué exige hoy la transferencia de riesgos para que la operación no compute lo tiene en mi trabajo posterior sobre colaboración público-privada y transferencia de riesgos.
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Cómo citar
Julio V. González García, «Colaboración público-privada: más allá de la nueva Ley de Contratos del Sector Público», El cronista del Estado social y democrático de derecho, núm. 74, 2018. Disponible en https://globalplaw.com/publicacion/colaboracion-publico-privada-mas-alla-de-la-lcsp/
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